El paciente como fusible
Los pacientes argentinos (oncológicos u otros) se hallan completamente desprotegidos
Escribe: Dr. Pedro M. Politi. Oncólogo clínico.
Nunca fue agradable estar enfermo, pero la situación de los pacientes (de todos nosotros, porque "todos somos pacientes") -y de los "sanos"- en la Argentina se ha vuelto insostenible. No es para menos:
- El ministro de salud decretó la emergencia sanitaria, amparado en la cual redujo en 10 puntos porcentuales la cobertura promedio en medicamentos ambulatorios (de un promedio de 50% al 40%) para los privilegiados que conservan su trabajo y su obra social. Si el medicamento costaba 20 pesos en diciembre, el paciente pagaba el 50: $ 10.-; actualmente, ese mismo medicamento cuesta $ 40.-, y el paciente debe pagar el 60%: $ 24.- . El usuario financia la mayor parte del sistema. Como los precios siguen subiendo, veremos quién puede pagarse los medicamentos.
- El mismo funcionario restringió las prestaciones obligatorias de las obras sociales y empresas de medicina prepaga e implantó un "programa médico obligatorio de emergencia" - adivinen: con mucho menor cobertura que el preexistente (que a su vez mereciera severas críticas de expertos y de organizaciones de pacientes).
- Como movimiento de distracción, el Sr. ministro decretó que los médicos debemos prescribir medicamentos por su nombre genérico (denominación común internacional), de modo que el empleado que atiende en la farmacia (o el farmacéutico, si estuviere) lo reemplace según su criterio. Claro que el ministro no ofrece (ni puede en verdad ofrecer) una garantía escrita de que siquiera los productos que él mal llama genéricos sean realmente intercambiables. Por qué? Porque para ello se debería haber demostrado que tanto el medicamento "original" como sus múltiples "copias" generan niveles sanguíneos comparables en los pacientes. Sobre unas 14.000 especialidades medicinales, se ha testeado un par de docenas. En otras palabras, en la Argentina no hay genéricos, sólo hay copias y originales nunca testeados en su potencial bio-equivalencia o inequivalencia. Y cómo podría el ministro garantizar que miles de productos no testeados son equivalentes? "En Dios creemos" - rezan los billetes norteamericanos. Pero los demás - ministros especialmente incluidos - deben presentar pruebas!
- Pruebas no hay - ni las va a haber por mucho tiempo más, porque el ente regulador de los medicamentos (ANMAT), un organismo técnico, no sólo no ha testeado sistemáticamente los medicamentos en sus 10 (diez) años de existencia, sino que… extendió hasta JUNIO del 2003 los plazos que ese mismo organismo había fijado originalmente a los laboratorios para testear, al menos, los fármacos usados para combatir la infección por HIV (anti-retrovirales). Un verdadero bocadillo: los motivos por los que se extienden los plazos: que los laboratorios no han cumplido los plazos previamente fijados por ANMAT(1)
- Está muy claro: el ministerio entrega gratuitamente los medicamentos anti-retrovirales a los pacientes HIV positivos, en el marco del programa nacional de SIDA. Pero no obliga a los laboratorios proveedores a demostrar que los productos cumplen las normas de bioequivalencia. Ello implica desentenderse de si los productos "se absorben bien" o no, si funcionan o no. Y pensar que todos consideramos que gracias a su capacidad de organización y reclamo, los pacientes HIV-positivos reciben medicamentos! Pero no conocen qué calidad de medicamento reciben…
- Esto último parece un horizonte muy lejano para muchos pacientes oncológicos, ya que lo habitual es que sufran todo tipo de "chicanas" para denegar o demorar enormemente la entrega de la medicación oncológica. Y no por falta de recurso a la Justicia. Conozco casos en que el Juez debió ordenar a la obra social que entregara el medicamento puntualmente en el juzgado, para evitar "maniobras". (Ver tema del Foro)
- Volvamos a los "genéricos"(2) - tema en que el Sr. ministro educará sin duda a los Profesores de las Facultades de Medicina. Lo que no se sabe si podrá explicar es por qué si el ministro "ordena" prescribir por nombre genérico, a los pocos días se firma el acuerdo entre el PAMI y la industria farmacéutica, que contractualmente prohibe en forma taxativa la prescripción por genéricos y la sustitución de la marca prescripta. Será que hay dos Argentinas, una cuya salud cree regir el ministro, y otra la de la "economía real", del "mundo real"?
Quizás haya muchas Argentinas. Quizás la culpa del despojo actual de la salud la tengamos los médicos, que usamos demasiada gasa y tela adhesiva, que prescribimos demasiados analgésicos y antibióticos. Eso es!
Quizás prescribir por nombre genérico solucione todo. O casi, porque conozco pacientes que utilizan el anti-hipertensivo enalapril, y el control de su tensión arterial es diferente si utilizan la marca A, o la marca B. Es el proceso de manufactura el que determina cuánto y cuán rápido se absorbe un mismo fármaco de marcas diferentes. Y eso solo puede testearse de una sola forma: como debe ser.
Quizás prescribir por nombre genérico solucione todo.
Quizás declarar la emergencia sanitaria solucione todo.
Necesitamos un ministro que ….
- Si declara emergencia sanitaria, se atreva a fijar reglas de juego para los medicamentos - no que permita aumentos promedio de precios de 100% desde diciembre de 2001. (Otros países declararon emergencia sanitaria y - con otro tipo de timonel - hicieron caer patentes o intervinieron sobre los precios…). Precios y patentes: de eso no se habla.
- Si compra medicamentos por decenas de millones, se atreva a controlar la calidad de lo que compra.
- Si habla de "genéricos", que explique por qué el PAMI cierra un contrato de 20-30 millones mensuales (más extras) que prohibe la sustitución. No será que la sustitución "es para los giles"?
Buenos Aires, julio 3 de 2002.
- La disposición 3311 de ANMAT, de fecha 22 de junio de 2001 (administración Lombardo) daba plazo hasta el 31-12-01 y 31-12-02 para cumplimentar los estudios de bioequivalencia para un grupo definido de anti-retrovirales, por considerarlos de elevada importancia sanitaria. Por disposición 1277 del 10 de abril de 2002, esos plazos son prorrogados hasta el 31-12-02 y 30-06-03, respectivamente. Firma: Dr. Manuel R. Limeres, interventor.
- Dicen: "… pero que los hay, los hay". Será cierto?